domingo, 17 de septiembre de 2017

Opinión jurídica sobre la suspensión (30 días) a La TORA.


La Comisión de Espectáculos  Públicos actúa amparado en la norma para los fines de lugar, la ley 61-32 y el reglamento 824, en ese caso su decisión es jurídicamente correcta.

Ahora bien, ¿Son esas normas conforme a la constitución?

A nuestro modo de ver, NO LO SON.

Pero ella son la que existen. Pues ningunas han pasado por el crisol de la Constitución para ser declaradas inconstitucional.

En nuestra humilde opinión, no estoy seguro de la validez constitucional una norma que permiten a una autoridad administrativa suspender comunicadores; eso es materia de una tribunal, pues está en juego la LIBERTAD DE EXPRESIÓN (censura previa).

No obstante, se debe entender que hasta que no haya una desicion del @TribunalConstRD sobre la constitucionalidad de las referidas normas, la misma es procedente y en el caso de la TORA se actuó jurídicamente correcta.

Lo extraño, es que siendo el Colegio de Periodistas y el Sindicato de la Prensa dos entidades muy activas no hayan incoado un recurso de inconstitucionalidad para abortar los artículos dañinos de la preindicada ley y reglamento.

Atentamente, Wanchy Medina

jueves, 14 de septiembre de 2017

La Romana



Un día como hoy 14 de septiembre del año 1944 fue la creación por ley de la provincia La Romana, entrando en vigencia el 1 de enero de 1945.

SINOPSIS:
La Romana es una de las 31 provincias de la República Dominicana. Está situada a 100 km de la capital, Santo Domingo, se encuentra entre las provincias de La Altagracia, San Pedro de Macorís, El Seibo y Hato Mayor y al Sur se encuentran la Isla Catalina y el Mar Caribe.
Geocódigo ISO de la provincia: 3166-2:DO-12.
Superficie: 653.95 km² Límites: limita por el norte con la provincia El Seibo, por el este con la provincia La Altagracia, al sur con el Mar Caribe y al oeste con la provincia San Pedro de Macorís.
Región y división política: forma parte de la Región VIII - Yuma.
La Romana es la tercera provincia de menor extensión del país, con 653.95 km². Ocupa el 1.3% del territorio nacional.
La división política de esta provincia es de las menos complejas del país. Se compone de 3 municipios: La Romana, Guaymate y Villa Hermosa (Erigida como municipio en el año 2004) y con los distritos municipales de Caleta y Cumayasa. La Romana es el municipio cabecera.
Llama la atención en La Romana el hecho de que existan dentro de su división política tantos parajes llamados "bateyes". La razón de este fenómeno es que la mayor parte del territorio provincial está dedicado a la siembra de caña de azúcar. Los bateyes son colonias de braceros que se establecen en lugares ubicados adecuadamente para el manejo de las labores agrícolas de la caña de azúcar. En los bateyes hay viviendas y facilidades para labores agrícolas, como centros de acopio, balanzas, etc.