lunes, 29 de septiembre de 2014

Violación procedimental del presupuesto municipal







Por Wanchy Medina
Twitter: @WanchyMedina

La ley municipal es abarcadora en cuanto temas importantes que rigen los municipios, uno de los enfoques más extensos que hace la legislación municipal es lo relativo al contenido, formulación y ejecución del presupuesto municipal; treinta y siete artículos de la ley 176-07 hacen referencia a todo lo concerniente al presupuesto municipal.

Aunque esta ley tiene muchos gazapos, es oportuno decir, que uno de los aspectos más bien considerados en ella, es la forma a tratar el presupuesto de los ayuntamientos y entidades edilicias.

Aun con los procedimientos muy bien señalados, una cantidad considerable de los ayuntamientos incumplen ésta guía, trastornado así, varios derechos establecidos que deben cumplirse con cierto rigor.

Veamos algunos de ellos:

La antesala a la formulación del presupuesto municipal debe ser el presupuesto participativo (PPM), éste tiene una ley especial para su ejecución y aplicación, es la ley 170-07, léase ciento setenta guion cero siete, para que no haya confusión con la ley municipal 176-07.

El PPM es una especie de plebiscito en el municipio, donde los munícipes le solicitan al ayuntamiento las obras de mayor prioridad para su comunidad; normalmente se destina alrededor del 10% de las partidas totales reservadas para hacer obras municipales.

Una de las notas interesantes sobre el PPM es, que en los meses de junio y julio los ayuntamientos deben hacer las llamadas asambleas barriales para escuchar las solicitudes de los ciudadanos.

Condensando estos datos, el alcalde/sa del municipio tiene los meses de agosto y septiembre para comenzar a estructurar el presupuesto.

Uno de los mandatos que tiene un constante incumplimiento en lo relativo al presupuesto municipal, lo señala el artículo 323 de la ley, donde dice su párrafo IV que la alcaldía tiene a más tardar el primero de octubre para presentar el presupuesto a la consideración del concejo municipal.

Si tomamos como parámetro que los alcaldes presenten el primero de octubre el presupuesto, el mismo artículo precedentemente citado plantea que los concejos municipales tienen 60 días para su conocimiento, o sea que ya la primera semana de diciembre el concejo municipal debería tener aprobado el presupuesto.

Lo que sucede en la mayoría de los ayuntamientos, es que los prepuestos se aprueban el 31 de diciembre, el último día del año.

Cuando esto ocurre se desobedecen una gran cantidad aspectos que son inobservados por funcionarios municipales.

Cuando los ayuntamientos no cumplen con la aprobación de los presupuestos en el tiempo acordado, se violan los siguientes mandatos dictados en el artículo 326:

”Aprobado inicialmente el presupuesto municipal, se expondrá al público, previo anuncio en el mural del ayuntamiento y en un medio de comunicación social de amplia difusión en el municipio, por quince días durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar observaciones ante el concejo municipal”.

Como hemos visto cuando los alcaldes/a no envían a los concejos municipales los presupuestos a tiempo, es casi inminente que los ayuntamientos caigan en incontables transgresiones de carácter procedimental. Por ejemplo: Exponer al público, 15 días que los interesados lo examinen, y la amplia difusión.

En su generalidad esto se resuelve si los alcaldes cumpliendo con lo indicado, envían el primero octubre el presupuesto a los regidores, y éstos en dos meses lo conocen como indica ley. Si se hace de esta manera, quedaría todo el mes de diciembre para cumplir que las demás estipulaciones.

Lo mismo sucede con el poder ejecutivo y el congreso, según la constitución dominicana su artículo 128, letra g, el poder ejecutivo debe someter en la misma fecha (1 de octubre) la consideración del presupuesto nacional a los legisladores.

Al momento de escribir este texto el poder ejecutivo ha anunciado que hoy, lunes 29 de septiembre depositará el proyecto de presupuesto en el congreso nacional, de manera que lo hará dos días antes de lo indicado en la constitución.

Si estamos hablando del presupuesto de la nación que debe tener más rigor y más complejidad para su formulación; ¿Porque los ayuntamientos no pueden cumplir con el mandato de entregar el presupuesto el día señalado?

Esto evidencia la gran desorganización que impera en el ámbito municipal del país, estas desintonías serán superadas cuando los ciudadanos se den cuenta de la gran influencia que les otorga la ley municipal en la participación activa de la formulación y ejecución del presupuesto municipal.

Referencia:

Ley municipal 176-07:
Artículo 323.- Formulación del Presupuesto Municipal.
Párrafo IV.- La sindicatura presentará el proyecto de presupuesto a más tardar el 1 de octubre a la consideración del concejo de regidores.
Párrafo V.- Los concejos de regidores tendrán un período de 60 días para su conocimiento y aprobación.

Constitución Dominicana:
Artículo 128.- Atribuciones del Presidente de la República.
En su condición de Jefe de Gobierno tiene la facultad de:
g) Someter al Congreso Nacional, a más tardar el primero de octubre de cada año, el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado para el año siguiente.


* El autor es Regidor de La Romana.-
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martes, 23 de septiembre de 2014

Una obligada expansión





Por Wanchy Medina
Twitter: @WanchyMedina

El palacio que aloja las oficinas del Ayuntamiento de La Romana fue construido en el año 1936, sin embargo, no fue hasta el año 1939 que las confortables instalaciones para entonces, fueron ocupadas para darle el uso que hasta hoy reciben.

Según los datos que brinda la Oficina Nacional de Estadística (ONE), el municipio de La Romana contaba aproximadamente con unos cuarenta mil habitantes alrededor del año 1940.

Si hacemos un análisis consiente, la edificación que se construyó relacionado con la cantidad de habitantes, podríamos concluir que estábamos frente una verdadera obra adecuada para aquellos tiempos.

Hoy, setenta años después, el municipio de La Romana cuenta con más de doscientos mil habitantes, su fisonomía, su geografía, su demografía,  sus avances cuantitativos y cualitativos han cambiado en trescientos ochenta grados desde que fue inaugurado el edificio que todavía aloja las oficinas edilicias.

Aún cuando el municipio ha dado estos cambios evidentes, el edificio sigue siendo el mismo, sin ningún anexo, sin ninguna ampliación, donde los servicios que se brindan se ven afectados por la inocultable falta de espacio físico que tiene la septuagenaria edificación.

En un levantamiento que hizo el año pasado el suscribiente de este artículo, los datos arrojados eran alarmantes:

En la entidad habían alrededor de 35 departamentos que deben funcionar en la institución llamada Ayuntamiento de La Romana, sin embargo, solo hay unos 13 cubículos disponibles para esos departamentos. Lo que indica claramente que hay funcionarios del cabildo que deben despachar en los pasillos o en el patio del local.

Ante todo este panorama, si tenemos autoridades consientes de lo antes dicho solo tienen un camino, y es buscar la fórmula de ampliar la estructura física del palacio consistorial de una de las ciudades más importantes de la República Dominicana.

La dirección donde está situado el edificio que aloja las oficinas del Ayuntamiento de La Romana es la calle Eugenio A. Miranda, número 54 esquina Ramón Bergés; lugar éste que es contiguo al solar número diez de la manzana número sesenta y dos del distrito catastral número uno, que es la coordenada geográfica de la dirección ubicada en la calle Ramón Bergés número 56 de La Romana.

La referida dirección, de la calle Ramón Bergés número 56 de La Romana, casi esquina Eugenio A. Miranda hace más de 15 años que no funciona ningún local comercial, ninguna casa de familia, ninguna edificación, por consiguiente es un solar con dos verjas perimetrales que su utilidad es ociosa.

Procedimiento de mutuo acuerdo
Por el bien y la salud tanto del ayuntamiento de La Romana como de los legítimos propietarios del solar situado en la calle Ramón Bergés número 54 casi esquina Eugenio A. Miranda, la salida más salomónica sería una transacción del bien inmueble por la cantidad de dinero acordado previas negociaciones.

Con la adquisición de dicha propiedad, daría pie que el ayuntamiento pueda ser expandido con un moderno edificio con parqueo soterrado y tres plantas para magnificar las instalaciones del cabildo romanense.

Procedimiento de utilidad pública
El Código Civil Dominicano plantea en su artículo 545 el mecanismo a utilizar para ceder una propiedad en utilidad pública, de modo, que en el caso de la especie la solicitud procede de pleno derecho amparado igualmente en la ley número 344, del 29 de julio de 1943, que establece un procedimiento especial para las expropiaciones intentadas por el Estado Dominicano.

Los ayuntamientos como instituciones que forman parte del Estado Dominicano en virtud del artículo 218 de la ley 176-07, ley municipal, instituye el derecho de los municipios de solicitar la declaración de utilidad pública en los casos que los planes y proyectos del ayuntamiento así lo requieran de rigor con la realidad existente.

Si nos planteamos la tesis esgrimida al exordio de este texto, podremos apreciar, más que razones valederas para que el ayuntamiento intente vía poder ejecutivo la declaración de utilidad pública de dicha propiedad.

Este tipo de planteamientos y proyectos requieren de autoridades modernas, que su liderazgo no sea inmediatista y que puedan proyectar la ciudad que queremos por las próximas dos décadas.

Ojalá tanto los funcionarios del ayuntamiento de La Romana como los propietarios del solar referido puedan entender que el municipio necesita un palacio moderno, y esto solo es posible con el concurso de sus autoridades y la flexibilización de los propietarios del bien colindante.

Si no lo hacemos con prontitud pagaremos el precio! 
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lunes, 15 de septiembre de 2014

Ordenanza 15-2014 del ayuntamiento de La Romana, Detalles y datos








Por Wanchy Medina

Twitter: @WanchyMedina



Es una costumbre que los pueblos traten de resaltar a los principales héroes, iconos y personalidades nacionales e internacionales; en varios países normalmente las avenidas están numeradas con los números ordinales y cardinales, sin embargo, en la República Dominicana, las calles y avenidas se le colocan nombres de personas consideradas importantes.

En el caso de La Romana, existen diversos barrios que aun mantienen la designación con letras del alfabeto, y otras con números, desde hace varios años muchos munícipes se han interesados que las calles esos sectores le sean colocados los nombres de ilustres personalidades.

Desde el pasado mes de mayo el concejo municipal de La Romana tenía la propuesta sobre la mesa de quien tiene el honor de escribir para ustedes esta nota, para analizar el anteproyecto de designación de nombres de las calles de los sectores Villa Alacrán y Villa Pereyra.

En efecto, el pasado día tres de septiembre los regidores de La Romana emitieron la ordenanza 15-2014 sobre el nombramiento de estas calles; lo que pretendo en este momento es detallar de manera sucinta los principales destellos de las personalidades que sus nombres llevan las calles de los sectores entes mencionados.

La calle primera de Villa Pereyra fue designada con el nombre del periodista Marcelino Vega, quien fue muerto muy joven cuando cubría los incidentes de una protesta de empleados municipales, su muerte fue de gran pesar para todo el país, era oriundo de Hato Mayor.

Orlando Martínez es el nombre que llevará la calle segunda de Villa Pereyra, fue inmortalizado en la historia nacional al resultar víctima fatal de la represión del gobierno de turno, los famosos doce años, tras denunciar algunas de las injusticias que se cometían en el mismo.

Este personaje puede que sea el más desconocido de todos los que vamos a mencionar, pero su heroicidad no fue la menor, resulta que el año 1916 la República Dominicana fue intervenida por primera vez por los Estados Unidos, un puñado de soldados dieron un ejemplo de valor, patriotismo y vergüenza frente a los intromisiones norteamericanos.

Usando armamentos obsoletos y sin abundante provisiones de todo tipo, enfrentaron al poderoso ejército Yanqui ofrendando sus vidas por la patria, en La Romana se hace justicia al designar la calle tercera del sector Villa Pereyra con el nombre del capitán Máximo Cabral.

Cabral solo tenía 26 años cuando murió en combate.

Fue un joven supertalentoso, líder de toda una generación de estudiantes, su nombre inspira la revolución juveniles, fue un idealista, que por su creencia se inmoló para hacer valer los valores democráticos y la lucha por reivindicaciones estudiantiles, era extraño que aun en La Romana una calle o un monumento no llevara su nombre, me refiero a Amín Abel Hasbun, como se llamará la calle cuarta del Villa Pereyra.

El barítono Eduardo Brito fue el primer artista dominicano que internacionalizó nuestro arte, dando a conocer nuestra nación en playas extrajeras, llevando su música a otros continentes; de igual forma, con su voz en una época tan difícil, promocionó la República Dominicana, convirtiéndose en promotor del arte y de ideas firmes, en su honor se colocó el nombre de la antigua calle quinta del barrio Villa Pereyra.

La escritora de ribetes mundial, Elena G. de White fue una autodidacta que aportó al mundo más de treinta best seller, libros, artículos y revistas que hasta hoy han servido para el mejoramiento de la salud de muchos ciudadanos en el planeta; su gran obra literaria ha sido reconocida en todas las naciones del mundo, valiéndole esto, el respeto de los más reputados ciencistas de todos los tiempos.

Algunas de sus obras sirven como material de estudio en múltiples universidades, entre sus más reconocidas están: La Conducción del Niño; La Educación; La Temperancia; Mente, Carácter y personalidad; Consejo para los Jóvenes; Carta a Jóvenes Enamorados; Consejos para Maestros, Padres y alumnos, en fin más de cincuenta libros, de los cuales aproximadamente treinta son best seller, en honor a esta gran escritora fue nombrada la calle séptima del sector Villa Alacrán.

La Romana estaba en deuda con el doctor Marcelino Vélez Santana, pues fue un hijo de esta provincia que sirvió al país desinteresadamente, es considerado el padre de la medicina moderna, oriundo (nacido) de La Romana y con calidad para merecer todo tipo de distinción por sus aportes al campo de la medicina por tal razón su nombre llevará la calle “A” de Villa Pereyra.

La calle “B” de Villa Pereyra se llamará Manolo Tavárez Justo, quien fue símbolo de la resistencia final contra la dictadura de Trujillo, él y su familia fueron héroes en el derrocamiento del tirano, y lucharon siempre por el bienestar democrático de la República Dominicana, hasta morir por ella.

Un joven de 25 años al momento de su muerte, que luchó contra el régimen opresor de los doce años, también participó tímidamente en la revolución del 1965, Otto Morales, fue un joven digno, que luchó incansablemente por conquistas democráticas en época de mucha turbulencia de la República Dominicana, en honor a él antigua calle “C” de Villa Pereyra lleva su nombre.

Como hemos visto, a nuestro juicio todos los aquí señalados tienen méritos suficientes para ser honrados con tal distinción, en otros barrios de la ciudad también estamos trabajando para nombrar sus calles.
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Las redes sociales, inminentes!






Por Wanchy Medina
Twitter: @WanchyMedina

En la nueva ola de comunicación muchos vivimos atrapados, estamos sumergidos en el laberinto de una innegable red que si no la sabemos bien usar nos aporta desatención hacia los demás, pero a su vez no podemos prescindir de ella, es lo que llamamos las redes sociales.

Para la juventud es una especie de estar a “la onda” y competir con la modernidad, para otros es, una forma más expedita de saber las informaciones con instantaneidad; un gran segmento de la sociedad lo toma como algo novedoso que nos atrae el siglo XXI, y para algunos funcionarios públicos es menospreciar una nueva práctica de interactividad con las ejecuciones de las políticas trazadas en la institución.

Podemos estar lejos de la televisión pero a través de twitter sabremos al instante los pormenores del discurso presidencial; no estamos escuchando la radio pero el facebook e instagram nos informan de los acontecimientos con imágenes impactantes, en fin estamos obligados a evolucionar hacia una nueva era de la comunicación.

Mayormente los funcionarios públicos no están consiente del gran impacto que se crea en su gestión cuando la institución que dirige esta asociada con los ciudadanos a través de una red social.

La comunicación en estos códigos hace del funcionario un recipiente para recibir con calor las quejas de los representados, y si su efectividad es competitiva puede dar una respuesta rápida y certera a la demanda social.

Muchas instituciones públicas están de espalda a las redes sociales, por consiguiente también lo están sus funcionarios, esto muestra una debilidad en la comunicación con los ciudadanos, y si a lo antes dicho se agrega un débil departamento de relaciones públicas, estamos hablando de un desastre en el sentido de vincular la institución a la sociedad.

Los ayuntamientos deben evolucionar hacia una interacción con los ciudadanos para hacer un mejor ejercicio de acción frente a los reclamos; en las nóminas de las dependencias del Estado ya debe estar el nombramiento de un community manager para que interactúe minuto a minuto, y así poder reportar las quejas a su superior inmediato en busca de solución.

Este cargo no debe verse como una botella, es una posición nodal para transmitir el sentir de la población hacia la institución y buscar reparos.

Cuando el munícipe se desplaza por la calle y observa un semáforo dañado, con el teléfono inteligente puede informarlo al instante a la institución, pero si el funcionario no está en esa onda, jamás podrá enlazar tal situación para dar una pronta respuesta.

Un hoyo en una calle, la basura sin recoger, y cualquier otro debilidad pueden ser referidas a través de las redes sociales y los funcionarios e instituciones actualizados recibir las quejas con instantaneidad y pensar en una solución inmediata.

Las redes nos permiten comunicar con prontitud, dar respuestas rápidas a los inconvenientes.

Se hace indispensable que evolucionemos hacia este nuevo esquema de interacción con los representados, si usamos con eficiencia las redes sociales, podremos dar buenos resultados frente a los reclamos, en cambio si ignoramos tal modo de comunicar, los funcionarios estarán como postalitas en su asiento reclinable.

A propósito, si alguien que quiere externar su queja al ayuntamiento de La Romana como institución a través de una red social, tiene alguna vía por donde hacerlo?
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lunes, 1 de septiembre de 2014

La Liga Municipal Dominicana, una entelequia!






Por Wanchy Medina
Twitter: @WanchyMedina

Los años treinta fueron difíciles para la institucionalidad en la República Dominicana, el mundo vivía momentos de agonía por avisos de una segunda conflagración mundial, en el país Trujillo gobernaba a su antojo, sin embargo, nació a finales de aquella época una entidad llamada Liga Municipal Dominicana.

Aunque se podría pensar que fue producto de la tiranía, la liga, como comúnmente se le llama, fue creada por una recomendación del primer congreso panamericano de municipios, donde la República Dominicana asistió como país del área, ya que dicho cónclave fue celebrado en Cuba.

En la ley municipal de los años ´50 esta entidad tenía una verdadera incidencia en los ayuntamientos, sin embargo, la ley 176-07 aunque le plantea sus roles, ciertamente le quitó poderes ante los cabildos, aun así, su enfoque en los últimos años es de una institución donde se usa como plataforma para que algunos miembros del PRSC cobren un sueldo sin hacer mucha cosas.

Ante la gran decepción que ha significado para el país el desastre en los ayuntamientos en estos seis años (2010-2016), muchos municipalistas, donde me incluyo, teníamos la esperanza que la LMD jugara un rol trascendental para paliar las acciones divergentes de los alcaldes y regidores, pero desafortunadamente no ha sido así.

En los últimos años, no se sabe a razón de qué, el Partido de la Liberación Dominicana, le ha otorgado todo el apoyo al desfasado Partido Reformista Social Cristiano para que ellos usando las vías del clientelismo utilicen esta institución para todo, menos para lograr un avance de los municipios.

El melao es tan dulce en la Liga Municipal, que un senador electo de la república prefirió no juramentarse y hacer maniobras para trasferir su elección contar de quedarse instalado en las oficinas de la avenida Jiménez Moya esquina Correa y Cidrón; es propicio recordar, que este mismo senador, tiene pendiente aclarar sobre una auditoria que lo deja mal parado en su gestión desde esta entidad.

La letra D, del artículo 105 de la ley 176-07, es muy claro cuando específica que el secretario de la Liga Municipal dominicana debe “Demostrar una amplia experiencia en materia municipal”, principio éste que normalmente no se toma en cuenta cuando se va a elegir al funcionario.

La liga debe dar un giro de 180 grados, necesita renovarse, debe transformarse en un observatorio municipal, debe dinamizarse, tiene que enfocarse en hacer investigaciones sobre la realidad de los municipios, debe capacitar a los funcionarios municipales por lo menos dos veces al año.

Entre los años 2011 y 2012 deposité varios documentos de la situación por la que estaba atravesando el ayuntamiento de La Romana, nunca tuvieron ni siquiera la cortesía de responderme, no se interesaron.


Es tiempo que la Liga Municipal Dominicana deje de ser una entelequia y se convierta una institución que promueva una mejor dinámica en los municipios. 
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