viernes, 19 de octubre de 2018

Fabricio Alvarado en República Dominicana




Anoche recibí la grata invitación a la Iglesia Mahanaim por parte de Juan Julio Baez Contreras para escuchar la experiencia del cantante, predicador y ex candidato presidencial por Costa Rica, Fabricio Alvarado.

Fue una noche muy agradable con un ambiente sumamente interesante.

El señor Alvarado, cuenta con un talento singular, es un cantante con muy buena voz; concita un testimonio muy especial y una experiencia en la política muy alentadora.

Fabricio Alvarado estuvo a un trí de ser presidente de su país en Abril pasado [2018], y aun así exhibe un sentido de la humildad, y un discurso realista, que lo enfoca como un líder de futuro en su país, Costa Rica.
Además, el evento contó con un excepcional ambiente musicalizado, algo que me precio en atender, por mis gustos musicales.

Un coro de cantantes bien entonados, un excelente percusionista, y un bajista de superior ejecución.

Gracias por la invitación!!!!

Con afecto Wanchy Medina¡

lunes, 8 de octubre de 2018

1 de Octubre.




Por Wanchy Medina.

El 1 de octubre, de cada año los Alcaldes Dominicanos, están en el deber, de presentar el presupuesto a los Concejos Municipales; así lo establece la Ley 176-07, en su artículo 323, párrafo IV, el cual señala:

“La sindicatura presentará el proyecto de presupuesto a más tardar el 1 de octubre a la consideración del concejo de regidores”.

La misma ley les otorga 60 días a los regidores para su estudio, de conformidad al párrafo V, del artículo 323.

En la práctica, la generalidad de los Alcaldes presenta el presupuesto en el mes de diciembre, violando el normal procedimiento que indica la norma; amén de ser una trasgresión a las etapas que se deben cumplir, a saber, primer paso: presentación 1 octubre; segundo paso: estudio y análisis por parte de concejo, 60 días; tercer paso: puesta a consideración de la ciudadanía; y cuarto paso: entrada en Vigencia.

Visto así, los Alcaldes al no presentar el presupuesto en la fecha señalada, rompen el orden (plazos) establecido por el legislador, para la Formulación, Conocimiento, Aprobación y Entrada en Vigencia del Presupuesto.

Al echar un vistazo razonado, el legislador dominicano en la Ley 176-07, y el legislador constituyente en la constitución dominicana del año 2010, se debe concluir que, la fecha del 1 octubre es la ideal, tanto para los Alcaldes presentar el presupuesto a los Concejos Municipales, al igual que, el Presidente de la República al Congreso Nacional, el presupuesto nacional.

Así lo deja sentado el artículo 128, numeral 2, letra G, de la constitución: “Someter al Congreso Nacional, a más tardar el primero de octubre de cada año, el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado”.

Como se puede apreciar el legislador dominicano, ha entendido, tanto los Ayuntamientos, como en el caso de la Ley del Presupuesto Nacional, la fecha razonable para presentarlo, es el 1 de octubre.

Desde la constitución del año 2010, el poder ejecutivo ha cumplido con la fecha, sin embargo, la mayoría de los alcaldes, NO.

Es menester hacer esfuerzos para lograr que los alcaldes del país se ajusten a la Ley, y presenten el presupuesto en octubre 1, y así los regidores y la ciudadanía tenga tiempo de discutirlo, ya que ese es el sentir la norma.

De lo contrario, tendremos que seguir aceptando, que se presenten los presupuestos en el mes diciembre para que sean aprobados al pavor, y con debilidades.